viernes, 25 de marzo de 2011

EXCHANGE-TRADE FUND

Los Exchange Traded Fund, también denominados ETF (en español, Fondos Cotizados en Bolsa), son un patrimonio de inversión colectiva indexado (esto es, con datos registrados ordenadamente para poder formar un índice con ellos), tramitado por una entidad financiera y negociado en Bolsa. Los ETF posibilitan a los inversores comprar en una única transacción una cesta de acciones variada mediante sus participaciones.
Los ETF pueden referirse a índices de renta variable (como el Ibex 35), o pueden replicar el comportamiento de una determinada zona geográfica, un sector o un determinado tipo de activo (materias primas, renta fija…).
Los ETF surgieron en la década de los 70’s como consecuencia del análisis de mercado que llevaron a cabo algunos inversionistas. Éstos vieron que el rendimiento de los índices superaba al de los fondos tradicionales, lo que les llevo a idear una forma de inversión que permitiera captar las ventajas de invertir en el crecimiento de un determinado índice. Así, surgió en 1993 el primer ETF denominado The SPDR fund, actualmente, el más conocido del mercado.
En España, no llegarían hasta julio de 20063 como consecuencia del cambio en la normativa de las Instituciones de Inversión Colectiva.
Los elementos que forman un ETF son:
·         Creation Unit (unidades de creación): son unidades de ETF negociadas en el mercado primario. Además de un dereminado número de participaciones de ETF, constituyen una Creation Unit, los dividendos repartidos, intereses ligados a esos dividendos, tarifas…
·         Participaciones: Son los títulos ETF que forman el Fondo.
·         Entidad Autorizada: son las sociedades de valores que obtienen Creation Units o recatan carteras de títulos en los mercados primarios de ETF.
·         Promotor: quien crea el ETF. Entre sus funciones se encuentra la de realizar acciones de promoción a los negociantes de títulos de ETF en el mercado secundario.
·         Gestor del Fondo: se ocupa de gestionar, llevar a cabo las funciones de marketing y  difundir la información del ETF. Crea las Creation Units.
·         Creador de Mercado: Son las Agencias de Valores que, en el mercado secundario, dan una horquilla de precios para un volumen mínimo de negociación de ETF.
·         Finalmente, el depositario: se trata de la entidad financiera que custodia los títulos y realiza funciones de auditoría sobre la composición de la cartera del Fondo.
Los ETF pueden negociarse tanto en mercados primarios como secundarios.
Así, en el mercado primario, surgen las Creation Units, como ya hemos dicho, por obra del gestor del Fondo. Aquí, las entidades autorizadas intercambian con el gestor,  Creation Units por carteras. Así, una vez que la entidad autorizada ha obtenido el ETF ya puede vender en el mercado abierto. Asimismo, puede ocurrir que la entidad autorizada, compre un bloque de ETF en el mercado y lo venda al depositario que en compensación recibirá la cesta de acciones individuales equivalente al valor de mercado. Proceso este último conocido como redención.
Por su parte, en el mercado secundario, se negocian las participaciones de ETF. Las transacciones en este mercado, se realizan de la misma forma que en el mercado secundario de renta variable.
Todas las personas que participan en la creación, venta o compra de un ETF reciben algún tipo de compensación, a saber: una pequeña porción de los activos anuales de los fondos, un pequeño interés, o ingresos de la diferencia del precio entre la cesta de activos y el ETF.

El principal motivo por el que los ETF cada vez están teniendo más éxito en España reside en todas las ventajas que ofrece su negociación. Éstas son:

·         Bajos costes: los ETF, al contrario que los fondos de inversión tradicional, no soportan costes de entra o salida en su negociación en Bolsa. Además, tienen una comisión de gestión implícita en su valor mucho más pequeña que las comisiones de los fondos tradicionales.

·         Diversificación: se permite la diversificación geográfica, sectorial y por activos (materias primas, activos de renta fija…)

·         Accesibilidad: los ETF están al alcance de cualquier tipo de inversor, ya que funcionan como una acción.

·         Transparencia: como los ETF simbolizan un índice, en todo momento se conoce su composición. Además se puede obtener información en tiempo real de sus cotizaciones, lo que hace que sus precios sean fácilmente contrastables.

·         Estabilidad: las estrategias de arbitraje, permiten que el precio del ETF sea parecido al del índice por lo que el mercado es estable y poco manipulable. Estas estrategias de arbitraje, la realizan las Entidades Autorizadas, y pueden ser: por un lado, la compra en el mercado secundario de las participaciones de ETF necesarias para crear una Creation Unit, que se cambiará en el mercado primario por una cartera de valores con el gestor en el caso en que el precio de la cesta de valores que replica el Fondo sea mayor que el precio de las participaciones del mismo. Por otro lado, se nos presenta el caso contrario, por el cual, si es mayor el precio de las participación del Fondo que el precio de la cesta de valores, las Entidades Autorizadas, acudirán al mercado primario para cambiar una cartera de valores por una Creation Unit, para vender posteriormente en el mercado secundario las participaciones de ETF que la forman.

·         Liquidez y flexibilidad: Los ETFs cuentan con normas que garantizan su liquidez. Además, varias entidades financieras se comprometen a estar presentes en mercado durante la sesión bursátil mediante un contrato de liquidez realizado con la Bolsa, con una horquilla o diferencial de precios reducida y una cantidad mínima prefijada. De esta forma, aparecen precios de compra y de venta con horquillas muy reducidas para todos los ETFs.

Los tipos de ETF con los que contamos pueden dividirse en tres grupos:

·         Fondos cotizables de base amplia: replican el rendimiento de un amplio grupo de índices de distintas industrias y sectores del mercado. Por ejemplo, SPDRs Sandard & Poor’s 500.

·         Fondos cotizables del sector: replican el rendimiento de un grupo de índices formados por empresas de determinados sectores de la economía. Por ejemplo, iShare.
·         Fondos cotizantes internacionales: replican el rendimiento de un gran grupo que comprende las principales empresas internacionales segmentadas por países o regiones.

Fuentes:
https://broker.bankinter.com/www/es-es/cgi/broker+etf_aula_formacion_faq#P1

sábado, 19 de marzo de 2011

LOS WARRANTS

Un warrant es un instrumento financiero derivado, un valor negociable en bolsa que da derecho a comprar o vender un activo financiero de acuerdo con unas condiciones previamente establecidas. Se incluyen dentro de la categoría de las opciones, puesto que el poseedor puede efectuar o no la transacción que su tenencia implica, mientras que la otra parte deberá necesariamente efectuar dicha transacción.
El poseedor del warrant tiene derecho, que no la obligación, de comprar (en cuyo caso estaríamos hablando de call warrant) o de vender (esto es, put warrant) un activo, denominado activo subyacente, a un precio fijado previamente que se denominará strike o precio de ejercicio hasta la fecha de vencimiento, también determinada al inicio de la operación.
De esta definición de warrant, podemos deducir algunas de sus características:
1.      Un warrant es negociable, de forma que es posible su compra venta tantas veces como se desee.
2.      Es un producto derivado. Ello implica que necesita de la existencia de otro elemento, en su caso, el activo subyacente.
3.      Desde que se emite, el warrant ya tiene fijados el activo subyacente, la fecha de su vencimiento y su prima.
4.      La principal diferencia entre la inversión directa en el activo subyacente y
la inversión en warrants es que el desembolso realizado para comprar un
warrant es menor que el desembolso para adquirir el Activo Subyacente, obteniendo el mismo beneficio o pérdida.
Componen un warrant los siguientes elementos:
·         El strike o precio de ejercicio (también llamado prima): es el precio de compra o venta del warrant. Para decidir el precio de ejercicio se debe tener en cuenta el valor intrínseco y el valor temporal. El primero, se refiere al valor que tendría el warrant en un determinado momento al ejercerse el derecho que representa.
En el caso del warrant call, se entiende por  Valor Intrínseco la diferencia entre el Precio del activo subyacente y el precio de ejercicio en ese momento. Siendo mayor éste último, no interesa llevar a cabo la operación.
Por su parte, para el warrant put, el valor intrínseco surge de la resta del precio de ejercicio menos el precio del activo subyacente. Siendo el primero menor, tampoco interesará ejercer. (Se entiende por ejercer un warrant, hacer valer el derecho que éste confiere. Y ello podrá hacerse de dos formas, a través de la entrega del activo o por diferencias en efectivo
El valor temporal, se refiere a la diferencia entre el precio de ejercicio y el valor intrínseco. Éste, por lo general, será mayor que el valor intrínseco. De esta forma, el vendedor del warrant se asegura cubrir cualquier posible riesgo de la operación, que no le reporte los beneficios que espera.
·         El activo subyacente: este es el activo que da origen al warrant, pues es sobre el que éste va referido. El activo subyacente puede ser acciones, cestas de acciones, índices bursátiles, tipos de interés, divisas e índices sobre materias primas.
·         Fecha de vencimiento: es el momento en el que se producirá la transacción y se denomina también fecha del ejercicio.
Existen dos tipos de warrant, a saber, warrants de tipo “europeo” cuya ejecución únicamente es posible en la fecha de vencimiento; y  warrants de tipo “americano” que permiten a quien lo posee, ejercer el warrant en cualquier momento, desde la fecha de su adquisición hasta la fecha de ejercicio.
En España, la aparición de los warrants en el mercado financiero se remonta a 1998. No obstante, no fue hasta 2002 cuando los warrants alcanzaron su mayor impulso gracias a asentamiento de la plataforma de negociación de Warrants del SIBE (Sistema de Interconexión Bursátil Español). En el siguiente gráfico se muestra la evolución de los warrants en España en los últimos años.
La forma de invertir en warrants es a través de la Bolsa. Para ello, es necesario tener en cuenta determinados aspectos:
·         Así, es necesario conocer todas las características del warrant que vaya a ser objeto de negocio, así como el régimen fiscal de los activos.
·         Se debe estar informado de la evolución de los precios del activo subyacente.
·         Es recomendable buscar el asesoramiento de  intermediarios financieros, pues nos orientarán sobre la emisión que comprar.
A la hora de invertir en warrants, aparecen unas variables que nos permiten calcular las variaciones que se darán en el precio de ejercicio. Estas variables se denominan “sensibilidades” y son:
Delta: muestra la varianza de la prima del warrant si el activo subyacente varia en 1€. Si el delta es débil, la varianza en el activo deberá ser muy importante para que se refleje en el warrant.
Gamma: muestra la variación del delta en función del movimiento del activo subyacente. Así, si el delta aumenta, también lo hará gamma.
Theta: nos permite conocer como variará la prima a lo largo del tiempo.
Rho: mide la variación de la prima del warrant en función de una variación del tipo de interés. El rho disminuye a lo largo del tiempo.
Vega: mide la variación de la prima debido a una variación en el activo subyacente. Esto es, la prima sujeta a las variaciones de la volatilidad implícita negociada en el mercado.
Por último, el efecto apalancamiento, o elasticidad: muestra la variación de la prima ante una variación en el activo subyacente del 1%.
Finalmente, hablaré de las estrategias que los warrants permiten llevar a cabo.
En primer lugar, encontramos la especulación. Las estrategias especulativas, tanto a la alza como a la baja, se deben a las variaciones que experimenta el warrant respecto al activo y que se puede medir y controlar mediante el cálculo de la elasticidad.
La segunda posible estrategia, es la cobertura. Consiste en la manera de cubrir el riesgo que puede originarse por movimientos adversos en el mercado financiero, y que se llevará a cabo mediante la venta del warrant, esto es, a través del warrant put.
Esta cobertura puede ser estática o dinámica. Se entiende por cobertura estática la resultante de mantener los warrants hasta su fecha de vencimiento. Mientras que la cobertura dinámica, se aplica en un determinado momento de mercado, pero no supone mantener los warrants en cartera hasta la fecha de vencimiento.

La última estrategia es la de extracción de liquidez. Supone ganar liquidez sustituyendo la inversión en acciones por la inversión en warrants, y ello, gracias a la elasticidad del warrant que permite obtener un elevando montante por una pequeña cantidad invertida.

Y hasta aqui, esta pequeña intriducción al mundo de los warrants.

Fuentes:

viernes, 18 de marzo de 2011

LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN DE LOS MERCADOS FINANCIEROS

Un mercado financiero es el lugar en el que se intercambian activos financieros. En los mercados financieros, los compradores y vendedores interactúan determinando el precio del activo objeto de comercio. Además, el mercado financiero, dota de liquidez al inversionista, que puede vender el activo financiero en él. Por último, destacar que el mercado financiero, reduce el coste de las transacciones (costes de búsqueda y de información). Existen diferentes formas de clasificar un mercado financiero:
Entre las características de los mercados financieros se encuentra la transparencia. Y ésta sólo se conseguirá a través de un fácil acceso a la información.
No obstante, es muy difícil, casi imposible, encontrar información perfecta en un mercado financiero, ya que ésta suele ser asimétrica. Y ello porque compradores y vendedores no tienen plena información unos de otros y poseen un conocimiento desigual de la información relevante. Aparecería información perfecta si los participantes en el mercado de una economía competitiva tuvieran los conocimientos y la previsión plena en relación con los precios actuales y futuros, así como la localización de los activos financieros.

A pesar de lo difícil que puede resultar encontrar información perfecta, en el mundo de las finanzas, se dispone de determinados sistemas de información que permiten conocer la información de los mercados. Son Infobolsa, Reuters y Bloomberg. Que pasaremos a analizar a continuación.

Infobolsa es un distribuidor de la información financiera global, con presencia en varios países Europeos y de América Latina. Así, abastece de información a España, Alemania, Portugal, Brasil, Méjico y Chile.
Fue fundada en 1990, propiedad de BME, y unos años más tarde, en 2002, Detsche Börse adquirió el 50% de su capital social, extendiendo sus competencias a Alemania y otros países europeos.

La compañía, que gestiona y distribuye la información en tiempo real de los mercados financieros, tanto nacionales como internacionales, lleva a cabo las siguientes funciones:
Producir y recoger la información económica sobre mercados y compañías de todo el mundo.
Integrar, aportar valor añadido y difundir la información recogida
Diseñar y desarrollar productos y servicios de información y contratación para el mayor número de plataformas de información posibles.
Por último, Infobolsa también se ocupa de distribuir dihcos productos entre la comunidad financiera.

Ello ha hecho de Infobolsa una empresa que cuenta con numerosos clientes, entre los que destacan las entidades más relevantes del mundo financiero.



Thomson Reuters es la principal fuente mundial de información inteligente para empresas y profesionales.

Su estrategia de empresa consiste en servirse de la tecnología innovadora para ofrecer información esencial a quienes toman decisiones en los mercados financiero, legal, fiscal y contable, salud, ciencia y medios de comunicación, impulsados ​​por la organización de noticias más fiable del mundo.
Los primeros pasos de Reuters se remontan a 1851 cuando Paul Julius Reuter llega a Londres donde ya funcionaba un servicio de noticias e información de precios de las acciones mediante una combinación de tecnología, incluyendo los cables de telégrafo y una flota de palomas mensajeras que crece hasta superar los 200. Esto ayuda a Reuter establecer una reputación envidiable para la velocidad, la precisión, integridad e imparcialidad. Reuter abre una oficina en un edificio Royal Exchange, en el centro financiero de Londres y situado cerca de las oficinas telegráficas principales. Él transmite cotizaciones bursátiles y noticias entre Londres y París a través del cable telegráfico nuevo Dover-Calais submarino, con su "experiencia de telégrafo".
Después con la llegada de Internet, entre otros avances tecnológicos, Reuters creció hasta convertirse en lo que es hoy día. Tal como la conocemos hoy, la compañía Thomson Reuters se fundó en 1984 al convertirse en una empresa pública.
El éxito de la empresa reside en los esfuerzos de sus directivos por hacer cumplir los Principios de confianza de la compañía. Estos principios son:
·         Thomson Reuters no podrá en ningún momento pasar a manos de cualquier otro interés, grupo o facción.
·         Que la integridad, independencia y libertad de prejuicios de Thomson Reuters en todo momento quedará plenamente preservada.
·         Que Thomson Reuters proporcionará servicios de información independiente y fiable a los periódicos, agencias de noticias, las emisoras y los suscriptores de otros medios de comunicación y a los gobiernos, empresas, instituciones, personas y otros con los que Thomson Reuters tiene o puede tener los contratos
·         Que Thomson Reuters tendrá debidamente en cuenta a los muchos intereses que sirve además de las de los medios de comunicación, y

·         Que ningún esfuerzo será escatimado para ampliar, desarrollar y adaptar los servicios de noticias y otros productos a fin de mantener su posición de liderazgo en las noticias internacionales
Bloomberg comenzó en 1981 con la intención de llevar la transparencia a los mercados de capitales a través del acceso a la información. Esa idea permanece hoy en Bloomberg que conecta a quienes toman decisiones en los negocios, las finanzas y el gobierno a través de una amplia y dinámica red de información, noticias, ideas…que permiten tomar decisiones rápidas y eficaces.
Actualmente, cuenta con más de 280.000 suscriptores activos que se benefician de las informaciones ofrecidas en tiempo real: precios históricos, datos indicativos, la información, la investigación, las estimaciones, análisis, herramientas de gestión del rendimiento, el comercio electrónico y sistemas de gestión de pedidos, noticias y comunicaciones electrónicas. Esa información no sería posible de no ser por las más de 12.900 personas situadas en  166 ubicaciones por todo el mundo que están trabajando ahora mismo para recoger noticias y datos, analizarlos, compararlos, disecado, y entregar a los clientes de Boomberg.

Fuentes:

sábado, 5 de marzo de 2011

FRAUDE FINANCIERO: EL INSIDER TRADING

Para esta semana, me he propuesto dedicar mi post a algo que implique no sólo ADE, sino también, la otra carrera que curso, Derecho. Así, he decidido tratar sobre una práctica ilícita y por tanto, sujeta a sanciones de diversa naturaleza, como veremos a continuación.

El insider trading es la práctica ilegal basada en el tráfico de información privilegiada. La Constitución Española la define en su Directiva 2003/6 como “información de carácter concreto, que no se haya hecho pública y que se refiere directa o indirectamente a uno o varios emisores de instrumentos financieros o a uno o varios instrumentos financieros, y que, de hacerse pública, podría influir de manera apreciable sobre la cotización de esos instrumentos financieros o sobre la cotización de instrumentos financieros derivados relacionados con ellos”

Quienes cuentan con esta información de más, se denominan iniciados, y por lo general, son los administradores de las sociedades cotizadas y quienes les prestan servicios de inversión o de asesoría. Éstos negocian sin asumir el riesgo del mercado, pues son parten con una ventaja que prácticamente les asegura beneficios al ser sabedores de esa información.

En el libro de J.M. Elegido, Fundamentos de ética de empresa, aparece un claro ejemplo que me ha hecho entender mejor de qué estoy escribiendo: “El empleado de una firma petrolera que se entera de que la empresa ha descubierto un gran yacimiento de petróleo. De inmediato compre acciones de la empresa; después, una vez que se hace público el descubrimiento, las acciones suben y él obtiene una jugosa rentabilidad”

Para que una información sea considerada como “privilegiada”, debe reunir las siguientes características:
1.      Ser información privada, que no tenga carácter público.
2.      Debe estar consolidad, pues un mero rumor  no se considera información privilegiada. (Por ejemplo, en “el supuesto de haber escuchado en un restaurante la conversación de los vecinos de mesa sobre el anuncio de un pago importante de dividendo por parte de una sociedad cotizada” http://rdmf.wordpress.com/2006/10/29/%C2%BFque-es-el-insider-trading/)
3.      Debe de tener la importancia suficiente para influir en el mercado de valores de forma significativa.

Los valores negociables sobre los que se puede emplear esta información son:
·         Las acciones y obligaciones
·         Los contratos o derechos que permitan la suscripción, adquisición o cesión de los valores anteriores.
·         Los contratos a plazo, las opciones y los instrumentos financieros a plazo relativos a las acciones y obligaciones.
·         Y, los contratos sobre índices relativos a acciones y obligaciones.

En España, esta práctica está prohibida. El Código de Comercio y la Ley del Mercado de Valores se ocupan de su regulación. Y a través de la Comisión del Mercado de Valores, se instruye el expediente y se propone al Ministerio de Economía la sanción pertinente. De esta forma, se prohíbe a quien dispone de información privilegiada, no sólo realizar operación en base a esos datos, sino también compartir esa información con un tercero para que sea éste quien se beneficie y negocie con ella.
La ley, obliga a la persona titular de la información, a dejar constancia de ello ante el mercado de valores. De lo contrario, deberá abstenerse de operar con ella.

En caso contrario, la sanción por la tenencia ilícita de información es pecuniaria, por valor de hasta cinco veces el importe de los beneficios que se hayan obtenido a través de esas operaciones ilícitas, del 5% de los recursos propios del infractor, o en el peor de los casos, de hasta 30.000 euros cuando no son aplicables las sanciones anteriores. Asimismo, se podrán llevar a cabo la suspensión de hasta cinco años de las operaciones que realice el infractor en el Mercado de Valores y pena de prisión de entre cuatro y seis años. En otros países, la legislación al respecto es bastante más severa. Como en el caso de Inglaterra donde el mínimo de cárcel por esta práctica son siete años, además de las multas que no están sujetas a un límite máximo, y sanciones civiles.
                                                  
No obstante, se siguen dando casos de insider trading que dejan en evidencia la legislación española. De esta forma, no es difícil encontrar en un estudio de mercado rentabilidades fuera de lo normal por parte de algunos directivos empresariales en su negociación con activos de la propia empresa.

El “auge” del insider trading reside en la facilidad para acceder a esa información, en el anonimato de la persona que realiza la transacción bursátil y en la gran rentabilidad que esa información privilegiada puede ofrecernos. Ello permite, que los resultados de quien emplea este método sean mucho mejores que los que pueda obtener otra persona a través de una técnica lícita.

Fuentes:

http://rdmf.wordpress.com/2006/10/29/%C2%BFque-es-el-insider-trading/
Arroyo Zapatero, Luis/ Nieto Martín, Adán. Fraude y corrupción en el derecho penal económico europeo: eurodelitos de corrupción y fraude.

viernes, 25 de febrero de 2011

LOS SEGUROS DE VIDA

Como cada semana, me debatía sobre qué tema dedicar a mi próximo post, cuando un profesor me dio la idea. El miércoles, en clase hizo referencia a los “Seguros de Muerte”, pues para él, esa es la finalidad de éstos. Se trata de realizar una serie de pago en vida para que desplieguen sus efectos tras la muerte.
Siempre he oído hablar de los seguros de vida, pero no sé ni su finalidad ni su funcionamiento. Para descubrirlos, he decidido dedicar mi tercer post a este tema. A ver qué saco en claro…
Según lo que he entendido de las diversas fuentes que he visitado, un seguro de vida, no es sino una póliza que abarca los posibles riesgos que pueden sufrir una persona y que puedan afectar a su existencia. De esta forma, en caso de accidente, resulte el asegurado muerto o sobreviva, se le indemnizará a éste o a otros beneficiarios. Todo ello, con la finalidad de dotar de tranquilidad a la familia que tras la muerte de la persona puede incurrir en problemas económicos.
La definición que nos ofrece la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, en su artículo primero es:
El contrato de seguro es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.
El contrato que da origen al seguro de vida debe contener entre otros, el nombre y apellidos del afectado (o afectados, ya que este tipo de seguros puede llevarse a cabo bien a título personal, bien de forma colectiva), lo que se va a asegurar, el alcance de la cobertura, el importe de la prima, su forma de pago y vencimiento, la duración del contrato…
Esta Ley, en su Título III, Sección Segunda, aborda específicamente los seguros de vida.

El Seguro de Vida, está constituido por un asegurador (quien ofrece el seguro a cambio de la prima),  el tomador del Seguro (es la persona que  contrata la póliza y lleva a cabo los pagos de la prima), el asegurado (La persona que cubre sus riesgos), beneficiario (la persona que  obtiene los beneficios de la contraprestación del seguro), y finalmente, las primas (consisten en las cantidades de dinero a pagar a cambio de la cobertura de riesgo)

Los seguros de vida, dependiendo del alcance del riesgo que cubran, pueden ser:
  • Seguros de muerte: A la muerte del asegurado, el asegurador abona la cantidad debida a los beneficiarios.
  • Seguro en caso de vida: Pasado y periodo temporal, si el asegurado continúa con vida, la entidad aseguradora le devuelve el importe del seguro.
  • Seguro mixto: Por el cual, con la muerte del asegurado, los beneficiarios reciben el importe; sin embarga, si pasado un tiempo acordado, el asegurado continúa con vida, se le entregará a él.

 A continuación, una presentación powerpoint que he hecho con la finalidad de comprender un poquito mejor el tema.
Una semana más, he aprendido un término del mundo de las finanzas, que oía repetidas veces sin entender, y que ahora, por fin, ya sabré de qué me están hablando.


Fuentes:
LEY 50/1980, de 8 de Octubre, de los Contratos de Seguro

sábado, 19 de febrero de 2011

Las Letras del Tesoro

En ocasiones en clase de mates financieras, se nos plantean problemas que hacen referencia a las Letras del Tesoro…pero ¿qué son? Pues bien, esta vez, me propongo intentar comprender un poquito de qué tratan la LETRAS DEL TESORO.
Las Letras del Tesoro son títulos de Deuda Pública que emite el mercado de Deuda Pública español. Se entiende por Deuda Pública, el conjunto de pasivos financieros que adquiere la Administración Pública.
De esta forma, entendemos que las Letras del Tesoro son valores que el Tesoro (órgano adscrito a la Secretaria de Estado de Economía del Ministerio de Economía y Hacienda) emite regularmente a través de subastas competitivas, como método de financiación del Estado. Esta emisión se lleva a cabo el tercer miércoles de cada mes, por un plazo máximo de 12 y 18 meses.
El nominal es de 1.000€, y se pueden comprar por esa cifra o por múltiplos de la misma, aunque su precio de compra es siempre inferior, ya que se emiten al descuento, esto es, son emitidas con un descuento sobre su valor nominal.
El precio inicial de la Letra, depende del volumen de éstas que emita el Estado, de forma que partiendo de las ofertas presentadas se determinará un precio mínimo para su entrega. Cualquier oferta por un precio inferior a ese mínimo ofrecido, será rechazada.
Los rendimientos de las Letras del Tesoro deben ser incluidos como rendimientos de capital mobiliario al efectuar la declaración del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio fiscal en que se produjo su venta o amortización. Los rendimientos a cuenta no están sometidos a retención a cuenta en el IRPF.
Para saber el origen de las Letras del Tesoro tenemos que remontarnos a la Orden Ministerial del 11 de junio de 1987, publicada en el BOE del 13 de junio de ese mismo año. Nacieron a consecuencia del paso de los Pagarés del Estado a instrumento especial para los defraudadores de impuestos, pues quedó un vació en el mercado monetario y por tanto, se requería de algún instrumento que lo salvara.
La “venta” de Letras del Tesoro, puede dividirse en el mercado primario y el mercado secundario. La emisión de las Letras en el mercado primario, supone el momento en que las nuevas emisiones son puestas a la venta por primera vez. Quien lleva a cabo esta primera emisión es el Director General del Tesoro y Política Financiera.
Por su parte, la emisión de Letras en el mercado secundario, consiste en la valoración del instrumento tras su emisión inicial y su cambio de titular, de forma que el precio que surge de este intercambio no va a parar a la entidad que inicialmente las emitió (el Tesoro). Este traspaso suele realizarse en las Bolsas de valores.
Y hasta aquí, este nuevo capítulo, que nos ha permitido acercarnos un poco más a las Letras del Tesoro.

Fuentes empleadas:



viernes, 11 de febrero de 2011

Basilea III busca impedir una nueva crisis

En esta ocasión, centro mi curiosidad en conocer qué es Basilea III. El nombre se me antojaba a título de película ambientada en la Edad Romana…pero después de informarme un poquito, he podido ver que estaba muy lejos de acertar. Y es que Basilea III es un acuerdo de países mediante el cual se pretende contar con reservas suficientes en caso de encontrarnos de nuevo con un duro golpe a la economía. Para ello, se obliga a los bancos a aumentar su capital de calidad al 7%. Entendiendo por capital de calidad, los activos con los que cuentan los bancos para tratar de evitar la caída de la economía, y que anteriormente a Basilea III se situaba en el 2%.
La reunión, celebrada en la ciudad Suiza que le da nombre, se celebró el domingo 12 de septiembre del pasado año, y contó con los gobernadores de los bancos centrales y con Jean-Claude Trichet, presidente del Banco Central Europeo al frente. No imagino lo difícil que tuvo que ser que ser para los miembros de la reunión planificar algo así en plena crisis económica, cuando apenas 6 años antes, en un periodo de “estabilidad” económica, la antecesora Basilea II fracasó.
La medida pretende, como ya hemos dicho, aumentar el triple el capital de calidad de los bancos, lo que se traduce en la obligación por parte de los bancos de conseguir 139.000 millones de euros que permitan fortalecer su capital.
 A continuación, con la ayuda de una tabla, podremos comprobar la forma en la que los acuerdos de Basilea III van a afectar a las entidades bancarias:

REFORMAS

ANTES DE BASILEA III
TRAS LOS ACUERDOS DE BASILEA III
Capital estructural (Tier1), mide la fortaleza de las entidades, esto es, se trata de la reserva básica con la que cuentan las entidades calculada según el riesgo de los activos que tiene en sus libros.
·         4% .
·         Aunque realmente, sólo el 2% es capital estructural proveniente de retenciones o acciones.
·         6%
·         Un 4.5% corresponderá a las ganancias retenidas o acciones.
Colchón de conservación: es un colchón de capital anticíclico, que “impida” la aparición de crisis y en su caso, que ésta no afecta al capital del banco.
·         Anteriormente a Basilea III no existía colchón de conservación
·         2.5%
Colchón de capital: impone a los bancos contar con un respaldo adicional en caso de crédito excesivo que pueda llevar a una situación de morosidad.
·         No hay una cifra acordada
·         Entre 0% y 2.5%
Ratio de apalancamiento: mide el endeudamiento de la entidad
·         No se contaba con ratio de apalancamiento para entidades financieras.
·         Se situará en el 3%

    


Veamos a continuación un esquema que nos muestre lo arriba expuesto:

Estos cambios están previstos que comiencen a darse entre 2016 y 2019.
Son muchos los detractores de esta medida que auguran un escaso éxito a este nuevo proyecto. Y ello, se traduce en las palabras del presidente de Bankinter, Pedro Guerrero quien aseguró que La crisis ha llegado con Basilea II a mitad de camino, de manera que va a llegar una Basilea III antes de que Basilea II haya entrado en vigor completamente.  Está demostrado que hay riesgos de otra naturaleza que no se pueden determinar con modelos estadísticos (…)”

Los bancos deberán llevar a cabo muchas medidas para adaptarse a los requisitos de Basilea III, y ello puede tener efectos diversos aun desconocidos, hasta que entre en vigor y comience a funcionar este nuevo proyecto.
Para una mejor comprensión sobre el tema, aquí dejo un video de Youtube en el que se explica de forma más clara de lo que seguramente lo haya hecho yo.


Fuentes: